Régimen Fiscal Arbitraje
Hola,
A los vendedores que estéis haciendo arbitraje como autónomos...
Sabiendo que en el sistema de arbitraje se adquieren productos a tiendas de cliente final y que no emiten facturas con recargo de equivalencia...
Si el recargo de equivalencia lo tiene que ingresar el proveedor, que en esta caso no emite facturas con el recargo de equivalencia:
¿Cómo solucionáis fiscalmente el tema del recargo de equivalencia?
¿Hay que ingresarlo? ¿Quién lo ingresa? ¿Cómo?
¿Es posible evitar el recargo de equivalencia y estar en estimación directa siedno autónomos y ejerciendo esta actividad?
¿En qué epígrafe de la Agencia Tributaria estáis dados de alta?
Gracias
Régimen Fiscal Arbitraje
Hola,
A los vendedores que estéis haciendo arbitraje como autónomos...
Sabiendo que en el sistema de arbitraje se adquieren productos a tiendas de cliente final y que no emiten facturas con recargo de equivalencia...
Si el recargo de equivalencia lo tiene que ingresar el proveedor, que en esta caso no emite facturas con el recargo de equivalencia:
¿Cómo solucionáis fiscalmente el tema del recargo de equivalencia?
¿Hay que ingresarlo? ¿Quién lo ingresa? ¿Cómo?
¿Es posible evitar el recargo de equivalencia y estar en estimación directa siedno autónomos y ejerciendo esta actividad?
¿En qué epígrafe de la Agencia Tributaria estáis dados de alta?
Gracias
2 replies
Seller_9IFgUZQNmjPei
Hola Tete,
Si algunas tiendas no te hacen factura con recargo de equivalencia es porque te considera cliente final. En ese caso tendrías tu que pagar el recargo de equivalencia haciendo la declaración del modelo 309 cada tres meses.
Si haces arbitraje, no estas modificando el producto por lo que lo normal es estar en recargo.
El epígrafe en el que te das de alta es 665 “Comercio al por menor por correo o por catálogo”
Pero lo mejor es que hables directamente con un gestor.